lunes, 31 de diciembre de 2018

Mediante DECRETO SUPREMO Nº 012-2018-MINEDU, Modifican el numeral 45.3 del Artículo 45, los Artículos 49 y 59, el numeral 62.1 del Artículo 62 y el literal a) del Artículo 217, del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED.
DECRETA:
Artículo 1.- Modificación del numeral 45.3 del artículo 45, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU; del artículo 49; del artículo 59 y del numeral 62.1 del artículo 62, modificados por el Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU; así como, del literal a) del artículo 217, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2016-MINEDU; del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED
Modifícanse el numeral 45.3 del artículo 45, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU; el artículo 49; el artículo 59 y el numeral 62.1 del artículo 62, modificados por el Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU; así como, el literal a) del artículo 217, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2016-MINEDU; del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; los mismos que quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 45.- Obligatoriedad de la evaluación de desempeño docente
(…)
45.3. El profesor que, sin causa justificada, no se presenta, por ausencia u obstrucción, a la aplicación de alguno de los instrumentos de la evaluación de desempeño docente que le correspondan, desaprueba dicha evaluación. El profesor que, sin causa justificada, no participe o no concluya el programa de desarrollo profesional de alguna evaluación extraordinaria del desempeño docente, desaprueba en dicha evaluación. Lo señalado en el presente numeral se aplica sin perjuicio de iniciar el proceso administrativo disciplinario correspondiente.
(…)”
“Artículo 49.- Programa de desarrollo profesional

49.1 El profesor que desaprueba la evaluación de desempeño docente ordinaria participa de forma obligatoria en un programa de desarrollo profesional durante seis (06) meses para fortalecer sus capacidades pedagógicas y personales; culminado dicho programa, debe participar en la primera evaluación de desempeño extraordinaria.
49.2 El profesor que es desaprobado en la primera evaluación de desempeño extraordinaria, participa de forma obligatoria en un segundo programa de desarrollo profesional; culminado dicho programa, debe participar en la segunda evaluación de desempeño extraordinaria. El profesor que desaprueba esta segunda evaluación es retirado de la Carrera Pública Magisterial de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley.
49.3 El profesor que, por caso fortuito o fuerza mayor, no participe o no concluya el programa de desarrollo profesional de alguna evaluación extraordinaria del desempeño docente, debe hacerlo el año siguiente.
49.4 El programa es diseñado y ejecutado directamente por el MINEDU o a través de convenio con instituciones de educación superior acreditadas o entidades especializadas, incidiendo en aquellas competencias o conocimientos que no hayan alcanzado puntaje satisfactorio.
49.5 Las evaluaciones extraordinarias se realizan bajo la conducción del MINEDU, de acuerdo a las especificaciones técnicas aprobadas para cada proceso. Entre cada evaluación extraordinaria no puede transcurrir más de doce meses.
49.6 La participación de los profesores en los programas de desarrollo profesional, se efectúa sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones regulares”.
“Artículo 59.- Acceso y Designación de cargos
Los cargos del Área de Desempeño Laboral, son designados previo concurso, de acuerdo a los criterios establecidos por el MINEDU”.
“Artículo 62.- Evaluación de desempeño en el cargo
62.1 La evaluación de desempeño en el cargo tiene como objetivo comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo. Se realiza en base a los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo.
El desempeño en el cargo del Área de Gestión Institucional implica que la persona designada realice la prestación efectiva del servicio, que comprende su presencia, permanencia y continuidad desde el inicio del periodo de su designación hasta la culminación del mismo. Dicha prestación efectiva del servicio no se ve afectada por los periodos de licencia siguientes:
a) Licencias con goce de remuneraciones detalladas en el literal a) del artículo 71 de la Ley de Reforma Magisterial.
b) Licencia sin goce de remuneraciones detallada en el inciso b.3 del literal b) del artículo 71 de la Ley de Reforma Magisterial.
c) Licencias sin goce de remuneraciones detalladas en los incisos b1, b2 y b4 del literal b) del artículo 71 de la Ley de Reforma Magisterial, hasta por un plazo máximo de 60 días acumulados durante el periodo de su designación. El referido plazo corresponde a la suma total de los periodos de las licencias señaladas.
(…)”
“Artículo 217.- Requisitos para el Concurso Público
Para participar en el concurso público de acceso a una plaza vacante de Auxiliar de Educación, se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
a) Para el nivel de Educación Inicial, acreditar haber culminado como mínimo el sexto ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitarios en educación, y en caso dichos estudios no correspondan al nivel inicial, adicionalmente, acreditar una capacitación mínima de cincuenta (50) horas relacionada a la atención y cuidado en la primera infancia; para el nivel de Educación Secundaria, acreditar haber culminado como mínimo el sexto ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitarios en educación; y para la modalidad de Educación Básica Especial, acreditar haber culminado como mínimo el sexto ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitarios en educación, psicología o tecnología médica con mención en terapia ocupacional.
(…)”
RR. Nºs. 4178, 4179, 4180, 4181, 4182, 4183, 4184, 4185, 4186, 4187 y 4188-2018-MP-FN.-Artículo 2.- Derogatoria de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial
Derógase la Décima Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, incorporada por Decreto Supremo N° 008-2014-MINEDU y modificada por Decreto Supremo N° 011-2016-MINEDU.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación.

lunes, 3 de diciembre de 2018

El cuadro de distribución de horas pedagógicas es un instrumento técnico-administrativo-pedagógico mediante el cual se distribuyen las horas efectivas de clases del personal directivo, jerárquico y docente, en función al plan de estudios, el proyecto curricular institucional (PCI) y el número de grados y secciones que atiende la institución educativa conforme al presupuesto aprobado (PAP).


El Ministerio de Educación publicó un video que te guía paso a paso sobre la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas del periodo lectivo 2019.



viernes, 30 de noviembre de 2018





La contratación de profesores en las instituciones educativas públicas de educación básica técnico-productiva es un proceso meritocrático que se realiza bajo los principios de calidad, capacidad profesional y oportunidad, por medio del cual se cubren las plazas vacantes existentes a nivel nacional a fin de garantizar el servicio educativo.
Este proceso se realiza anualmente a través de cuadros de méritos que se determinan cada dos (2) años mediante la aplicación de una Prueba Única Nacional a cargo del Minedu. Por tanto, para el  año  2019 será vigente el cuadro de méritos 2017.
Cabe precisar que la evaluación para el proceso de contrata de nombramiento docente se ejecutará en el año 2019, cuyo cronograma será publicada en la página oficial del Ministerio de Educación a través de los órganos correspondientes.

El profesor contratado percibe los siguientes conceptos:
  1. Una remuneración mensual
  2. Bonificaciones por condiciones especiales de servicio:
    • De acuerdo con la ubicación de la institución educativa: ámbito rural y zona de frontera
    • De acuerdo con la característica de la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe
  3. Asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem)
  4. Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad
  5. Vacaciones truncas
  6. Compensación por tiempo de servicios (CTS)
  7. Subsidio de sepelio y luto





¿ Qué es un informe Técnico ?
El primer paso para proceder al análisis del término que ahora nos ocupa, informe técnico, es establecer el origen etimológico de las dos palabras que lo conforman. De esta manera, podemos establecer que informe emana del latín y concretamente del verbo informare que puede traducirse como “dotar de forma.

Mientras el segundo vocablo del citado término, técnico, tiene su origen en el griego. En concreto podemos ver que este se encuentra en la palabra tekhnicos que es sinónimo de “relativo al que hace”.
Un informe técnico es la exposición por escrito de las circunstancias observadas en el examen de la cuestión que se considera, con explicaciones detalladas que certifiquen lo dicho.

Se trata de una exposición de datos o hechos dirigidos a alguien, respecto a una cuestión o un asunto, o a lo que conviene hacer del mismo. Es, en otras palabras, un documento que describe el estado de un problema científico. Suele prepararse a solicitud de una persona, una empresa o una organización.

En ocasiones el informe técnico tiende a confundirse con proyecto, pero no son en absoluto sinónimos. Así, mientras el primer documento se refiere a una realidad, que es un determinado problema técnico en torno a una cuestión determinada, el segundo trabajo realizado no es más que un esquema o un conjunto de ideas y planes sobre una actuación que se pretende llevar a cabo y que, por tanto, aún no es realidad.

El informe técnico debe incluir la información suficiente para que un receptor cualificado pueda evaluar y proponer modificaciones a sus conclusiones o recomendaciones.
La estructura del informe técnico está formada por la parte inicial, los cuerpos del informe, los anexos y la parte final.

La parte inicial debe incluir la cubierta (con el título del informe, su autor y la fecha), la portada, el resumen, el índice, el glosario(con los signos, símbolos, abreviaturas y tecnicismos utilizados) y el prefacio (en caso que sea necesario).

Los cuerpos del informe presentan la introducción (donde se detallen los alcances y objetivos del trabajo), el núcleo (con imágenes y tablas), las conclusiones o recomendaciones, los agradecimientos y las listas de referencia.

Los anexos son optativos y permiten agregar información complementaria al informe. Los datos que presentan, por lo general, pueden ser omitidos por el lector ordinario, aunque serán valiosos para el especialista en la materia.

En cuanto a la parte final, ofrece hojas de datos del documento, la lista de distribución y disponibilidad y la cubierta posterior.
                              


APRENDIZAJE: ¿ELEMENTOS DE UNA SESIÓN DE APRENDIZAJE?

  1. APRENDIZAJES ESPERADOS (CAPACIDADES, CONOCIMIENTOS Y ACTITUDES)
Los aprendizajes esperados están constituidos por las capacidades, conocimientos y actitudes que se espera que el estudiante alcance al término de la sesión, estos surgen de las capacidades, conocimientos y actitudes previstas en la unidad didáctica.
No hay necesidad de que el profesor formule “aprendizajes esperados”, como se hacía con el DCN en proceso de articulación.  Ahora estos aprendizajes están expresados en las capacidades de cada área curricular.  Cuando las capacidades están expresadas en forma global pueden ser desagregadas teniendo en cuenta los procesos o los conocimientos que involucran.
  1. SECUENCIA DIDÁCTICA
La secuencia didáctica comprende el conjunto de actividades de aprendizaje previstas para desarrollar los aprendizajes de la sesión.  En cada secuencia se van incluyendo los materiales que se utilizarán y el tiempo destinado para cada actividad.
La columna vertebral de la sesión de aprendizajes son las estrategias previstas para desarrollar los procesos cognitivos, motores o socio afectivos que están involucrados en las capacidades.
Las estrategias para desarrollar los procesos pedagógicos (motivación, recuperación de saberes previos, generación de conflictos cognitivos, construcción del aprendizaje, aplicación del aprendizaje, etc.) se van incorporando en los momentos que el docente considere oportunos y pertinentes, de acuerdo con las situaciones de aprendizaje que se generen.
  1. EVALUACIÓN
Para la evaluación se deben formular los indicadores en función de los criterios establecidos, de manera que permitan evaluar los aprendizajes logrados en la sesión.
Es preciso indicar además que en cada sesión se debe evaluar, pero no es necesario otorgar calificaciones en cada una de ellas.


MOMENTOS Y PROCESOS
  1. Inicio del aprendizaje
La motivación consiste en:
    • Atraer la atención sobre el conocimiento.
    • Despertar el interés sobre el conocimiento.

           Se trata de crear un clima favorable para el aprendizaje.
           Podemos motivar con diversos recursos:
·         Alguna noticia impactante actual
·         Juegos
·         Visitas
·         Gráficos y pistas para encontrar caminos
·         Imágenes
·         Dinámica grupal
·         Actividades vivenciales
·         Dramatizaciones
·         Una historia, etc.

           Queda a criterio del docente el que más se adecue a su clase.

La exploración consiste en indagar sobre cuánto saben los estudiantes sobre el conocimiento a tratar, ¿qué es lo que mis alumnos ya saben sobre esto?, es decir sus saberes previos traídos desde la educación inicial, primaria, vivencias; más sus saberes cotidianos obtenidos en el hogar o en su entorno familiar y social.
La exploración puede darse a través de diversas actividades como:
·               Interrogantes
·               Prueba de entrada
·               Fichas
·               Mapas conceptuales para completar

Problematización: El docente crea un conflicto cognitivo, enfrentando al estudiante a un nuevo desempeño que debe tratar de resolver haciendo uso de todos sus recursos disponibles.  Cada cual aportará sus conocimientos y sus especulaciones, analizando un aspecto que tiene relación con el tema a tratar en la que han vertido opiniones contradictorias.  Por ejemplo: Si estamos trabajando el tema de valores podemos crear textos narrativos, instructivos, etc.
La práctica autónoma: Es la transferencia, es decir, la capacidad desarrollada en el estudiante para aplicar los conocimientos adquiridos cada vez que lo necesite en su vida.  Se estimula propiciando una práctica a una experiencia concreta de la vida diaria.
Se les puede pedir que resuelvan dos o más problemas en clase, de esta manera se les retroalimenta y el estudiante tiene la oportunidad de ejercitarse y aplicar lo que ha aprendido en clase.  A los que tienen dificultad el docente les puede dar ejemplos y darles retroalimentación adicional, hasta que demuestren que han tenido éxito en sus habilidades recién adquiridas, éxito en lo que hacen y aprenden.  Así  los mantendremos motivados para seguir aprendiendo.
Los estudiantes pueden trabajar en grupos cooperativos para compartir sus respuestas, analizar cómo solucionaron el problema y cómo aplicaron la información.
El momento de aplicación proporciona una multitud de oportunidades para el desarrollo y utilización del pensamiento crítico porque aprovechan al máximo lo que están aprendiendo, empiezan a comprender su significado y la manera en que pueden tener cabida en sus bancos de información, conocimiento y memoria.
·         Ampliar las ideas
·         Revisar las predicciones
·         Pensar acerca del punto en cuestión
·         Hablar acerca de él
·         Leer más acerca del mismo
·         Escribir acerca de este conocimiento
·         Transferir, utilizando o desecharlo
·         Relacionarlo con otras áreas
·         Apreciar y opinar
·         Juzgar y evaluar.

Descargar temática de sesión de aprendizaje 

miércoles, 28 de noviembre de 2018

Aquí les presento una explicación de las rúbricas de evaluación en la observación de aula o clase modelo.




ELABORACIÓN DEL CUADRO DE HORAS 2019 DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°647-2018-MINEDU




MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Norma Técnica "Normas para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria de Educación Básica Regular, y del Ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2019"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 647-2018-MINEDU

Lima, 23 de noviembre de 2018

VISTOS, el Expediente Nº 0179604-2018, el Informe Nº 890-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN remitido por la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 1208-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, mediante Oficio Nº 2203-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 890-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar una norma técnica que establezca las acciones, procedimientos y responsabilidades para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa, para el período lectivo 2019;

Que, el referido informe señala que el cuadro de horas para el periodo lectivo 2019 propuesto constituye un instrumento técnico administrativo - pedagógico, en el cual se consignará la carga de horas efectivas de clases de personal directivo, jerárquico y profesores de las precitadas instituciones educativas;

Con el visado Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría de Planificación Estratégica, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
 Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria de Educación Básica Regular, y del Ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2019", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, el cumplimiento de la Norma Técnica aprobada en el artículo 1, así como su difusión e implementación.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

martes, 27 de noviembre de 2018

Orientaciones para la calificación de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos (Comité de Evaluación) - 20 Nov







lunes, 26 de noviembre de 2018

Compartimos con ustedes la clase magistral de la profesora de Nivel Inicial, Hermelinda Reyes, perteneciente a la I.E.I. N° 371 "Jesús mi buen Pastor", quien, a través de sus excelentes prácticas pedagógicas, desarrolla las competencias de los niños y niñas a su cargo, contribuyendo a la educación de una nueva generación que crezca capacitada y lista para enfrentar satisfactoriamente los retos de la vida académica y personal.
La sesión de aprendizaje se realizó con alumnos de tres años, y el tema abordado fue: “Jugando a agrupar los productos de la campesina”. Los niños descubrieron a través del juego y de forma transversal, los principios matemáticos, además de la riqueza y diversidad agraria de nuestras regiones.






sábado, 24 de noviembre de 2018

[starttext] Sesión de Aprendizaje: Secundaria MED. 


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http://www.youtube.com/watch?v=HU-jx2MwgpEendofvid

martes, 20 de noviembre de 2018

[starttext] La Rúbrica 3 del Instrumento de Observación de Aula de la EDD: "Promueve el razonamiento, la creatividad y/o el pensamiento crítico", evalúa las propuestas de actividades de aprendizaje que realiza el docente, a través de las cuales establece interacciones pedagógicas con las que estimula en sus alumnos, la formulación de ideas creativas, comprensión de principios, establecimiento de relaciones conceptuales o el desarrollo de estrategias ¡Conoce todos los detalles de esta pauta en este video!. 


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http://www.youtube.com/watch?v=-bxb_W8M_i4endofvid

[starttext] La Rúbrica 2 del Instrumento de Observación de Aula de la EDD: "Maximiza el tiempo dedicado al aprendizaje", evalúa el uso efectivo del tiempo por parte del docente, y su capacidad para mantener a los estudiantes ocupados en actividades educativas durante la sesión de clase ¡Conoce todos los detalles de esta pauta en este video!. 

[endtext]
http://www.youtube.com/watch?v=ZpEUW91IeEgendofvid

lunes, 19 de noviembre de 2018

[starttext] La Rúbrica 1 del Instrumento de Observación de Aula de la EDD: "Involucra activamente a los estudiantes en el proceso de aprendizaje", evalúa las acciones que realiza el docente para conseguir la participación activa e interés de sus alumnos, por las sesiones de clase ¡Conoce todos los detalles de esta pauta en este video brindado por el Ministerio de Educación!. 



[endtext]
http://www.youtube.com/watch?v=_L0wFNIYQ1Yendofvid

viernes, 16 de noviembre de 2018

[starttext] Compartimos con ustedes la clase magistral de la profesora de Nivel Inicial, Hermelinda Reyes, perteneciente a la I.E.I. N° 371 "Jesús mi buen Pastor", quien, a través de sus excelentes prácticas pedagógicas, desarrolla las competencias de los niños y niñas a su cargo, contribuyendo a la educación de una nueva generación que crezca capacitada y lista para enfrentar satisfactoriamente los retos de la vida académica y personal. 

La sesión de aprendizaje se realizó con alumnos de tres años, y el tema abordado fue: “Jugando a agrupar los productos de la campesina”. Los niños descubrieron a través del juego y de forma transversal, los principios matemáticos, además de la riqueza y diversidad agraria de nuestras regiones. 


[endtext]
http://www.youtube.com/watch?v=hAc_T9biV3kendofvid

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